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Definición legal de prevención
Artículo 4.
Definiciones.
A efectos de la presente Ley y de las normas que la desarrollen.
   1.
Se entenderá por prevención el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
 
 
 

Definicion según el Ley 31-1995 Prevención de Riesgos Laborales.