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Definición legal de Línea de blancos
a) Protección de los sirvientes.
1.
Su construcción deberá ser subterránea, de hormigón, de un espesor mínimo de 10 centímetros.
Es muy conveniente que tenga un voladizo de 70 a 80 centímetros que lo cubra parcialmente.
2.
La parte del foso en la dirección del espaldón puede ser de tierra con inclinación natural, o de hormigón, y ha de cumplir las siguientes condiciones: 1.
Nunca hará de espaldón que deberá estar como mínimo a 5 metros.
2.
Su altura no será superior a la pared más próxima a los puestos de tirador.
3.
Las dimensiones serán: Altura superior a 2 metros y ancho de 1,5 a 2 metros.
 
 
 

Definicion según el REAL DECRETO 137-1993 Reglamento de Armas.