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Definición legal de Título de bachiller
Artículo 37.
  1.
Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las asignaturas y la superación de una prueba general de Bachillerato cuyas condiciones básicas serán fijadas por el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas.
 2.
La prueba versará, en todo caso, sobre las asignaturas comunes y específicas de las diferentes modalidades del Bachillerato.
La parte correspondiente a la Lengua extranjera incluirá un ejercicio oral y otro escrito.
 La calificación final del Bachillerato será la media ponderada, en los términos que establezca el Gobierno, de la calificación obtenida en la prueba general de Bachillerato y la media del expediente académico del alumno en el Bachillerato.
 3.
El título de Bachiller facultará para acceder a la Formación Profesional de grado superior y a los estudios universitarios.
 4.
De acuerdo con el artículo 42.
3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Gobierno establecerá la normativa básica que regule el establecimiento por parte de las Universidades de los procedimientos para la admisión de alumnos.
En todo caso, entre los requisitos de acceso, se primará la calificación final del Bachillerato.
 5.
La evaluación positiva en todas las asignaturas del Bachillerato da derecho a un certificado que surtirá efectos laborales y los académicos previstos en el artículo 38.
3, párrafo c), de esta Ley.
 
 
 
 

Definicion según el LEY ORGÁNICA 2002 Calidad de la Educación.