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Definición legal de Movilidad de los funcionarios de los cuerpos docentes
Disposición transitoria cuarta.
  En tanto no sean desarrolladas las normas relativas a los Cuerpos de Funcionarios Docentes creados por esta Ley, la movilidad de los funcionarios de dichos cuerpos mediante concursos de traslados se ajustará a la normativa vigente a la entrada en vigor de la presente Ley.
 
 
 

Definicion según el LEY ORGÁNICA 2002 Calidad de la Educación.