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Definición legal de Estudio
3.
El estudio es un deber básico del alumno que se concreta en:  a) Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las orientadas al desarrollo de los currículos.
 b) Seguir las directrices del profesorado respecto a su educación y aprendizaje.
 c) Asistir a clase con puntualidad, y d) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación.
 4.
Además del estudio, son deberes básicos de los alumnos:  a) Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales.
 b) Respetar la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.
 c) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro educativo, y  d) Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales didácticos.
 5.
Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio del derecho de asociación de los alumnos, así como la formación de federaciones y confederaciones.
 
 
 
 

Definicion según el LEY ORGÁNICA 2002 Calidad de la Educación.