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Definición legal de Enseñanza básica
Artículo 9.
  1.
La enseñanza básica comprende la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria.
La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
 2.
La enseñanza básica incluye diez años de escolaridad.
Se iniciará a los seis años de edad y se extenderá hasta los dieciséis.
 3.
No obstante, los alumnos tendrán derecho a permanecer en régimen ordinario cursando la enseñanza básica hasta los dieciocho años de edad, en las condiciones establecidas en la presente Ley.
 
 
 
 

Definicion según el LEY ORGÁNICA 2002 Calidad de la Educación.