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Definición legal de Educación secundaria
 Artículo 20.
Ámbito.
 El nivel de Educación Secundaria comprenderá las etapas de Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, así como de la Formación Profesional de grado medio.
 
 
 
 

Definicion según el LEY ORGÁNICA 2002 Calidad de la Educación.