3. Para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación será necesario pertenecer a alguno de los Cuerpos que integran la función pública docente, con una experiencia mínima docente de seis años. El sistema de ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Educación será el de concurso-oposición, que atenderá, en todo caso, a las especialidades que se establezcan. Las Administraciones educativas convocarán el concurso-oposición con sujeción a los siguientes criterios: a) En la fase de concurso se valorará la trayectoria profesional de los candidatos y sus méritos específicos como docentes. Entre estos méritos se tendrá especialmente en cuenta la preparación científica y didáctica en las áreas, asignaturas o módulos cuya enseñanza se ha impartido ; el desempeño de cargos directivos, con evaluación positiva, y pertenecer a cualquiera de los Cuerpos de Catedráticos de las Enseñanzas Escolares. b) En la fase de oposición se valorarán en el aspirante sus conocimientos pedagógicos, de administración y legislación educativa, así como los conocimientos y técnicas específicos para el desempeño de las funciones inspectoras de control, evaluación y asesoramiento. Igualmente se valorará su actualización científica y didáctica en las áreas o asignaturas cuya enseñanza ha impartido, así como el ejercicio de las actividades desarrolladas en el centro. Los candidatos seleccionados mediante el concurso-oposición deberán realizar para su adecuada preparación un período de prácticas, al finalizar el cual serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación. La organización de las citadas prácticas corresponderá, en cada caso, a la Administración convocante. |