| Definición de participación de la juventud |
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Artículo 48Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural. |
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| Definicion según la Constitución Española de 1978.(BOE 29-12-1978)Incluye la modificación publicada en el BOE de 28-08-1992. |
*Se ha tomado el artículo que mejor define la definición solicitada. |