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| Definición de Trabajos con riesgos especiales |
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Artículo 2. Definiciones.Trabajos cuya realización exponga a los trabajadores a riesgos de especial gravedad para su seguridad y salud, comprendidos los indicados en la relación no exhaustiva que figura en el anexo II.ANEXO II. Relación no exhaustiva de los trabajos que implican riesgos especiales para la seguridad y la salud de los trabajadoresTrabajos con riesgos especialmente graves de sepultamiento, hundimiento o caída de altura, por las particulares características de la actividad desarrollada, los procedimientos aplicados, o el entorno del puesto de trabajo.Trabajos en los que la exposición a agentes químicos o biológicos suponga un riesgo de especial gravedad, o para los que la vigilancia específica de la salud de los trabajadores sea legalmente exigible.Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes para los que la normativa específica obliga a la delimitación de zonas controladas o vigiladas.Trabajos en la proximidad de líneas eléctricas de alta tensión.Trabajos que expongan a riesgo de ahogamiento por inmersión.Obras de excavación de túneles, pozos y otros trabajos que supongan movimientos de tierra subterráneos.Trabajos realizados en inmersión con equipo subacuático.Trabajos realizados en cajones de aire comprimido.Trabajos que impliquen el uso de explosivos.Trabajos que requieran montar o desmontar elementos prefabricados pesados. |
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Definicion según el REAL DECRETO 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE núm. 256 de 25 de octubre. |
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