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Definición de Servidumbre De Luces Y Vistas
No se puede abrir con vistas rectas, ni balcones u otros voladizos semejantes, sobre la finca del vecino, si no hay dos metros de distancia entre la pared en que se construyan y dicha propiedad. Tampoco pueden tenerse vistas de costado u oblicuas sobre la misma propiedad, si no hay sesenta centímetros de distancia (Arts. 580 a 585 del CC).
 
 
 

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