Aquella por la cual uno se compromete a entregar una cosa a otro, o a transmitirle un derecho. No se limita la obligación de dar a la simple entrega del objeto de la misma, sino que impone ciertas obligaciones complementarias de hacer y de no hacer; entre las primeras está la que el CC fija en su art. 1.094 "El obligado a dar una cosa lo está también a conservarla con la diligencia propia de un buen padre de familia". |