La ampliación de la traba o ejecución, pedida por el acreedor y decretada por el juez, cuando los bienes, derechos o acciones del deudor y ejecutado no ofrezcan la suficiente garantía ejecutiva, por no bastar para cubrir el principal y las costas. Este es uno de los derechos concedidos al acreedor ejecutante, además de los de designar los bienes que hayan de embargarse y el depositario de los mismos, con las limitaciones legales. |