Organo soberano de una sociedad anónima, donde se toman las decisiones más relevantes de la sociedad. La Junta General puede ser Ordinaria o Extraordinaria. La Junta Ordinaria se debe celebrar necesariamente una vez al año, en los seis primeros meses después de cerrar el ejercicio y para aprobar la gestión del Consejo, el balance, la cuenta de resultados y su distribución. La Junta Extraordinaria se puede celebrar en cualquier momento, siempre que se haya convocado adecuadamente. |