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Definición de Funciones de la Guardia Civil
Artículo doce 1. Además de las funciones comunes establecidas en el artículo anterior, se establece la siguiente distribución material de competencias: B) Serán ejercidas por la Guardia Civil: a) las derivadas de la legislación vigente sobre armas y explosivos. b) el resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando. c) la vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas. d) la custodia de vías de comunicación terrestre, costas, fronteras, puertos, aeropuertos y centros e instalaciones que por su interés lo requieran. e) velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos, así como de la riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza. f) la conducción interurbana de presos y detenidos. g) aquellas otras que le atribuye la legislación vigente. 2. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado están obligadas a la cooperación recíproca en el desempeño de sus competencias respectivas. 3. Las dependencias del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil actuarán recíprocamente como oficinas para la recepción y tramitación de los documentos dirigidos a las autoridades de cualquiera de los dos Institutos.
 
 
 
Definicion según la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

*Se ha tomado el artículo que mejor define la definición solicitada.