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Definición de Franquicia
Cantidad estipulada mediante el contrato de seguros, por la cual el Asegurado se constituye en su propio Asegurador. En caso de siniestro soportará con su patrimonio la parte de los daños que le correspondan. El régimen de franquicias se establece generalmente a iniciativa de la Entidad Aseguradora para que, al existir una repercusión económica del siniestro en el Asegurado, procure éste, con mayor motivo, evitar el siniestro o reducir sus efectos. Si el importe del siniestro es inferior a la cantidad estipulada como franquicia, su coste correrá a cargo del Asegurado. Si es superior, el Asegurador solo indemnizará por el exceso de la Franquicia. La prima de un riesgo sometido a franquicia siempre será inferior que la que correspondería si esta no existiese, ya que en el primer caso, la repercusión económica de un siniestro a cargo del Asegurador es más limitada.
 
 
 

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