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| Definición de Finca |
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Artículo 17. Formación de fincas y parcelas y relación entre ellas.1. Constituye:a) Finca: la unidad de suelo o de edificación atribuida exclusiva y excluyentemente a un propietario o varios en proindiviso, que puede situarse en la rasante, en el vuelo o en el subsuelo. Cuando, conforme a la legislación hipotecaria, pueda abrir folio en el Registro de la Propiedad, tiene la consideración de finca registral. |
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Definición según LEY 8/2007, de 28 de mayo, de suelo.(BOE 128, 29-05-2007) |
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