Técnica jurídica de extensión analógica, para aplicar preceptos previstos para una determinada situación a otro tipo de situaciones distintas. Su función misma no es otra que aplicar conclusiones jurídicas a supuestos de hecho no contenidos normalmente en las premisas. Normalmente las ficciones jurídicas tienen una vigencia temporal, mientras se elabora una nueva regulación de esa situación. Pero las ficciones no sólo cumplen importantes funciones históricas y dogmáticas para el ordenamiento jurídico, sino también ideológicas entre sus cometidos está el de dar una apariencia falsa de que se mantiene la normalidad jurídica, cuando la realidad es bien contraria. |