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| Definición de Evaluación de impacto ambiental |
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Artículo 1. 1. La evaluación del impacto ambiental identificará, describirá y evaluará de forma apropiada, en función de cada caso particular y de conformidad con este Real Decreto Legislativo, los efectos directos e indirectos de un proyecto sobre los siguientes factores:El ser humano, la fauna y la flora.El suelo, el agua, el aire, el clima y el paisaje.Los bienes materiales y el patrimonio cultural.La interacción entre los factores mencionados anteriormente. |
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Definición según Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental. |
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