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Definición de Dilaciones Indebidas
La noción constitucional del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas es un concepto jurídico indeterminado (sentencia del Tribunal Supremo de 18 de octubre de 1993) cuyo contenido concreto ha de ser alcanzado mediante la aplicación a las circunstancias del caso de los factores objetivos y subjetivos que sean congruentes con su enunciado genérico.
 
 
 

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