El Art. 534 del Código de Comercio define el cheque en la siguiente forma "El mandato de pago conocido en el comercio con el nombre de cheque, es un documento que permite al librador retirar en su provecho, o en el de un tercero, todos o parte de los fondos que tiene disponibles en poder del librador". En la actualidad sus requisitos están recogidos en el Art. 106 de la LCCH, exigiendo que se libre frente a banco o entidad de crédito en la que se tengan fondos suficientes para ser atendido. |