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Definición legal de propiedad
348.
La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.
El propietario tiene acción contra el tenedor y el poseedor de la cosa para reivindicarla.
349.
Nadie podrá ser privado de su propiedad sino por Autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización.
Si no procediere este requisito, los Jueces ampararán y, en su caso, reintegrarán en la posesión al expropiado.
 
 
 

Definicion según el Código Civil Español