definición legal

 

definición legal Inicio  

 
 
Directorio
 
 
Usuarios
 
definiciones en inicio

 

 
Obligaciones de los trabajadores seguridad social
Artículo 231.
 Son obligaciones de los trabajadores: a) Cotizar por la aportación correspondiente a la contingencia de desempleo.
b) Proporcionar la documentación e información que reglamentariamente se determinen a efectos del reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a las prestaciones.
c) Participar en las acciones de formación profesional y en los trabajos temporales de colaboración social que determine el Instituto Nacional de Empleo y aceptar la colocación adecuada que le sea ofrecida por la Oficina de Empleo.
d) Renovar la demanda de empleo en la forma y fechas en que se determinen por la entidad gestora en el documento de renovación de la demanda y comparecer cuando haya sido previamente requerido ante la entidad gestora.
e) Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción.
f) Reintegrar las prestaciones indebidamente percibidas.
g) Devolver al Instituto Nacional de Empleo, en el plazo de cinco días, el correspondiente justificante de haber comparecido en el lugar y fecha indicados para cubrir las ofertas de empleo que se faciliten por dicho Instituto.
Artículo 232.
Infracciones y sanciones.
En materia de infracciones y sanciones se estará a lo dispuesto en el presente título y en la Ley 8/1988, de 7 de abril, sobre Infracciones y Sanciones de Orden Social.
Artículo 233.
Recursos.
Las decisiones de la entidad gestora competente, relativas al reconocimiento, denegación, suspensión o extinción de cualquiera de las prestaciones por desempleo, serán recurribles ante los órganos jurisdiccionales del orden social.
 
 
 

Definicion según el Ley General de la Seguridad Social REAL DECRETO LEGISLATIVO 1-1994