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Definición legal de obligacion
1.
088.
Toda obligación consiste en dar, hacer o no hacer alguna cosa.
1.
089.
Las obligaciones nacen de la ley, de los contratos y cuasi contratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier género de culpa o negligencia.
1.
090.
Las obligaciones derivadas de la ley no se presumen.
Sólo son exigibles las expresamente determinadas en este Código o en leyes especiales, y se regirán por los preceptos de la ley que las hubiera establecido; y, en lo que ésta no hubiere previsto, por las disposiciones del presente libro.
1.
091.
Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse al tenor de los mismos.
1.
092.
Las obligaciones civiles que nazcan de los delitos o faltas se regirán por las disposiciones del Código Penal.
1.
093.
Las que se deriven de actos u omisiones en que intervenga culpa o negligencia no penadas por la Ley, quedarán sometidas a las disposiciones del Capítulo II del Título XVI de este libro.
 
 
 

Definicion según el Código Civil Español