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| Cuidados no profesionales |
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Artículo 2. Definiciones. A efectos de la presente Ley, se entiende por:la atención prestada a personas en situación de dependencia en su domicilio, por personas de la familia o de su entorno, no vinculadas a un servicio de atención profesionalizada.
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Definicion según el LEY 39-2006 Atención a las personas en situación de dependencia. |
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