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Cancelación
:Procedimiento en virtud del cual el responsable cesa en el uso de los datos.
La cancelación implicará el bloqueo de los datos, consistente en la identificación y reserva de los mismos con el fin de impedir su tratamiento excepto para su puesta a disposición de las Administraciones públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento y sólo durante el plazo de prescripción de dichas responsabilidades.
Transcurrido ese plazo deberá procederse a la supresión de los datos.
 
 
 

Definicion según el REAL DECRETO 1720-007de protección de datos de carácter personal