definición legal

 

definición legal Inicio  

 
 
Directorio
 
 
Usuarios
 
definiciones en inicio

 

 
Definición legal de Bienes absolutamente inembargables
Artículo 605.
No serán en absoluto embargables:1.
º Los bienes que hayan sido declarados inalienables.
2.
º Los derechos accesorios, que no sean alienables con independencia del principal.
3.
º Los bienes que carezcan, por sí solos, de contenido patrimonial.
4.
º Los bienes expresamente declarados inembargables por alguna disposición legal.
Artículo 606.
Bienes inembargables del ejecutado.
Son también inembargables:1.
º El mobiliario y el menaje de la casa, así como las ropas del ejecutado y de su familia, en lo que no pueda considerarse superfluo.
En general, aquellos bienes como alimentos, combustible y otros que, a juicio del tribunal, resulten imprescindibles para que el ejecutado y las personas de él dependientes puedan atender con razonable dignidad a su subsistencia.
2.
º Los libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio a que se dedique el ejecutado, cuando su valor no guarde proporción con la cuantía de la deuda reclamada.
3.
º Los bienes sacros y los dedicados al culto de las religiones legalmente registradas.
4.
º Las cantidades expresamente declaradas inembargables por Ley.
5.
º Los bienes y cantidades declarados inembargables por Tratados ratificados por España.
 
 
 

Definicion según el Ley 2000 Enjuiciamiento Civil