definición legal

 

definición legal Inicio  

 
 
Directorio
 
 
Usuarios
 
definiciones en inicio

 

 
Definición legal de Abstención de los Secretarios Judiciales
Artículo 103.
1.
Los Secretarios Judiciales se abstendrán por escrito motivado dirigido al Juez o Magistrado, si se tratare de un Juzgado, o al Presidente, si se trata de una Sala o Sección.
Decidirá la cuestión, respectivamente, el Juez o Magistrado, por una parte, o la Sala o Sección, por otra.
2.
En caso de confirmarse la abstención, el Secretario Judicial que se haya abstenido debe ser reemplazado por su sustituto legal ; en caso de denegarse, deberá aquél continuar actuando en el asunto.
 
 
 

Definicion según el LEY 1-2000 Enjuiciamiento Civil.