es el agente que, mediante cualquier título, goza del derecho de uso del edificio de forma continuada. Está obligado a la utilización adecuada del mismo de conformidad con las instrucciones de uso y mantenimiento contenidas en el Libro del Edificio. Otras acepciones utilizadas. a) Persona que habitualmente acude a un edificio con el fin de realizar una determinada actividad según el uso previsto. b) La propiedad o su representante, aunque no acuda habitualmente al edificio. c) Persona que ocasionalmente acude a un edificio con el fin de realizar una determinada actividad acorde con el uso previsto. Por ejemplo: visitante, proveedor, cliente, etc. ; o d) Personas que no acuden al edificio, pero que se pueden encontrar, habitualmente u ocasionalmente, en su zona de influencia. Por ejemplo: vecinos, transeúntes, etc. (En suplemento aparte se publica la Parte II del Código Técnico de la Edificación).
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