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Definición legal de Seguro de caucion
 Artículo sesenta y ocho.
 Por el seguro de caución el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro de sus obligaciones legales o contractuales, a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad los daños patrimoniales sufridos dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato.
Todo pago hecho por el asegurador deberá serle reembolsado por el tomador del seguro.
 
 
 
 

Definicion según el Ley 1980 Contrato de Seguro.