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Definición legal de Patrocinio cultural
Artículo 2.
Definiciones.
 30.
  Cualquier contribución de una Institución, Empresa o Fundación a la producción de obras audiovisuales, programas de radio y televisión y/o contenidos digitales de temática cultural, social o de promoción del deporte, con la finalidad de promocionar su actividad, marca y/o imagen o como expresión de su responsabilidad social corporativa.
 
 
 

Definicion según el Ley 2010 Comunicación Audiovisual.