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Definición legal de Obligación de inscripción en registro mercantil
Artículo 4.
Obligatoriedad de la inscripción.
1.
La inscripción en el Registro Mercantil tendrá carácter obligatorio, salvo en los casos en que expresamente se disponga lo contrario.
2.
La falta de inscripción no podrá ser invocada por quien esté obligado a procurarla.
 
 
 

Definicion según el Real decreto 1996 Reglamento del Registro Mercantil.