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| Definición legal de Número mínimo de vecinos comunidad |
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8. Cuando el número de propietarios de viviendas o locales en un edificio no exceda de cuatro podrán acogerse al régimen de administración del artículo 398 del Código Civil, si expresamente lo establecen los estatutos. » |
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Definicion según el LEY 49/60 DE PROPIEDAD HORIZONTAL |
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