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Definición legal de Contrato de seguro
Artículo primero.
 El contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
 
 
 
 

Definicion según el Ley 1980 Contrato de Seguro.