Artículo 19. La solicitud del seguro de suscripción obligatoria dirigida por el tomador del seguro a la entidad aseguradora, o la proposición del seguro de suscripción obligatoria hecha por el asegurador al tomador, deberá contener, como mínimo, las siguientes indicaciones: a) Las de identificación del propietario del vehículo, del conductor habitual y del tomador del seguro, debiendo constar su domicilio a efectos de notificaciones. Si el tomador no fuese el propietario del vehículo, habrá de indicarse el concepto en que contrata. b) Las de identificación del vehículo, marca, modelo, características del mismo y matrícula o signo distintivo análogo. c) Las garantías solicitadas u ofrecidas, que en ningún caso podrán ser inferiores a las del seguro de suscripción obligatoria regulado en este Reglamento. d) La identificación clara y destacada de que se trata de una proposición o de una solicitud de seguro. e) El período de cobertura mínimo a que se refiere el artículo siguiente, con indicación del día y hora de su cómputo inicial. |